SEVDC - Sociedad Española de Valoración del Daño Corporal |
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Nationalité: |
Espagnole |
Composition: |
médecins |
Numéro de membres: |
environ 400 |
Revue: |
Cuadernos de Valoración |
Fréquence: |
trimestrelle |
Tirage: |
environ 1000-1200 copies |
Congrès: |
Tous les deux ans: Sociedad Española del Valoración del Daño Corporal; Congrès Hispano Luso sur le Dommage Corporel (Organisé à tour de rôle par la SEVDC et la APADAC) |
Autres activités: |
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Prix Ruiz Vadillo: pour le meilleur travail scientifique réalisé - Cours de formation continue |
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Direction |
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Président: |
Dr. Eugenio Laborda Calvo |
Délégué Général: |
Dr. Antonio Hernando |
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Articles |
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ACUERDO ENTRE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE VALORACION DEL DAÑO CORPORAL Y LA MEDICINA DE LOS SEGUROS ACTA CONJUNTA DE LA REUNION
CELEBRADA POR LAS JUNTAS DIRECTIV AS DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE
VALORACION DEL DAÑO CORPORAL (SEVADC) Y ASOCIACION ESPAÑOLA DE
MEDICIN A DE LOS SEGUROS (AMES). La SEVDC y AMES como entidades cientificas sin ánimo de lucro,
dedicadas al estudio de la medicina y la valoración del daño
corporal; estiman conveniente establecer relaciones de intercambio y
colaboración para potenciar sus respectivas actividades estatutarias,
y a tal efecto acuerdan: PRIMERO - AMES y la SEVADC, dentro de su ámbito
propio de actuación por medio del presente acuerdo, establecen
vinculos de intercambio y colaboración. SEGUNDO - Con la vinculación de ambas organizaciones se pretende
potenciar la realización de proyectos cientificos y culturales en común,
intercambio de documentación, iniciativas y proyectos de la valoración
médica del daño corporal. TERCERO
- La SEVDC y AMES, se comprometen a procurarse el intercambio de toda
la información cientifica relacionada con la VDC que ambas posean. CUARTO - AMES y la SEVDC, como muestra de un perfecto hermanamiento,
invitará a la otra en régimen completo de igualdad en la organización
y / o desarrollo de toda actividad cientifica ya sea nacional,
internacional o extranjera. QUINTO - Este acuerdo constituye un punto de
partida para que a través de la reciproca colaboración, lleguen a
integrarse en una sola Asociación o Sociedad Cientifica. SEXTO - La SEVDC y AMES para el correcto
desarrollo de los fines perseguidos por este protocolo, designarán
cada una un representante, actuando ambos como enlace entre ambas
organizaciones. SÉPTIMO - El presente
acuerdo entrará en vigor de forma inmediata una vez que haya sido
ratificado por los órganos soberanos de ambas Asociaciones. Firmado por ambos presidentes el 27 de Noviembre de 1998. |
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